La definición del
término acoso sexual es importante en cuanto que su formulación determinará
tanto las conductas que lo conforman y, por tanto, el rango de comportamientos
prohibidos como la magnitud del fenómeno (o número de personas víctimas de
acoso sexual).
La conducta de
naturaleza sexual u otros comportamientos basados en el sexo que afectan a la
dignidad de la mujer y el hombre en el trabajo, incluido la conducta de
superiores y compañeros, resulta inaceptable si; dicha conducta es indeseada,
irrazonable y ofensiva para la persona que es objeto de la misma, la negativa o
el sometimiento de una persona a dicha conducta por parte de empresarios o
trabajadores (incluidos los superiores y los compañeros) se utiliza de forma
explícita o implícita como base para una decisión que tenga efectos sobre el
acceso de dicha persona a la formación profesional y al empleo, sobre la
continuación del mismo, el salario o cuales quiera otras decisiones relativas
al empleo y/o dicha conducta crea un entorno laboral intimidatorio, hostil y
humillante para la persona que es objeto de la misma; y de que dicha conducta
puede ser, en de terminas circunstancias, contraria al principio de igualdad de
trato».
Es preciso, sin embargo,
señalar el alcance de algunos de los rasgos definitorios del acoso sexual,
especialmente el de «conducta de tipo sexual». El Código de Prácticas de 1991
sobre medidas para combatir el acoso sexual que fue adoptado por la Comisión de
las Comunidades Europeas contempla la conducta sexual en un sentido amplio,
señalando que en las conductas de naturaleza sexual quedan comprendidas las
conductas verbales o no verbales, o las físicas molestas. De una manera más
descriptiva, el manual de procedimiento de Rubinstein ofrece algunos ejemplos
de estas categorías.
El contacto físico no
deseado (conducta física de naturaleza sexual) puede ser variado e ir desde
tocamientos innecesarios, palmaditas o pellizquitos o roces con el cuerpo de
otro empleado hasta el intento de violación y la coacción para las relaciones
sexuales. Una buena parte de estas conductas equivaldrían a un delito penal si
tuviera lugar en la calle entre desconocidos y algunas de ellas están ya
tipificadas como delito por la legislación española.
La conducta verbal de
naturaleza sexual puede incluir insinuaciones sexuales molestas, proposiciones
o presión para la actividad sexual; insistencia para una actividad social fuera
del lugar de trabajo después que se haya puesto en claro que dicha insistencia
es molesta; flirteos ofensivos; comentarios insinuantes, indirectas o
comentarios obscenos.
En la conducta no verbal de naturaleza sexual
quedarían incluidas la exhibición de fotos sexualmente sugestivas o
pornográficas, de objetos o materiales escritos, miradas impúdicas, silbidos o
hacer ciertos gestos.
Cualquier
persona, puede ser sometida al acoso, los factores como condición social,
económica, edad, preferencia sexual u ocupación no son influyentes para el
acoso.
Generalmente
se piensa en hombre acosando mujeres y de hecho esta visión no es del todo
incorrecta ya que el 87% de los acosadores son hombre y el resto son mujeres.
Estas cifras consideran a los hombres que acosan a otros hombres y a las
mujeres que acosan mujeres, es decir el acoso de tipo homosexual.
Una
de cada doce mujeres y uno de cada cuarenta y cinco hombres son acosados en
América, en donde estadísticamente un millón de personas son acosadas
anualmente.
El tipo de mujer
víctima del acoso sexual no es, sorprendentemente, la trabajadora joven y
atractiva. El acoso sexual lo sufren principalmente mujeres solas con
responsabilidades familiares, (madres solteras, viudas, separadas, etc.).
Mujeres que acceden
por primera vez a sectores profesionales o a categorías tradicionalmente
masculinas y en las que las mujeres se encuentran susbrepresentadas.
Mujeres jóvenes que
acaban de conseguir su primer empleo, generalmente de carácter temporal o
atípico. Por sectores de actividad, los índices más altos se dan en el sector
del comercio, en los hospitales y en los centros directivos de la
Administración.